¿Piensas casarte pronto por lo civil? Hay unos trámites necesarios que tienes que hacer, te contamos estos trámites paso a paso, para que organizar tu boda por lo civil sea más fácil.
Qué se necesita para casarse por lo civil: requisitos
- Tener tramitado el expediente matrimonial en el Registro civil (que te contamos como se hace a continuación).
- Presentar junto al expediente matrimonial otros documentos necesarios. Las fotocopias del DNI de las dos personas que se casan, las fotocopias del DNI de los que serán testigos de la boda
- Si te casas en el ayuntamiento y no el el juzgado tendrás que adjuntar junto a la documentación la solicitud de celebración de matrimonio civil. En los ayuntamientos si se puede hacer una reserva previa de fecha para la boda, sin embargo la fecha está pendiente a la entrega del expediente del Registro Civil.
Dónde se realizan los trámites para casarte por lo civil
En el Registro Civil donde estén domiciliados o tengas la residencia habitual uno o los dos futuros esposos. Si cada uno está domiciliado en una población puedes escoger la que más les convenga.
Cómo solicitar el expediente matrimonial
Se hace en los juzgado, para solicitar la apertura del expediente matrimonial. Este expediente demuestra ante el Registro Civil que los contrayentes reúnen los requisitos y la capacidad de casarse según el código civil. Para solicitar la apertura del expediente han de acudir la pareja al juzgado correspondiente a su domicilio.
Una vez solicitado se remite por correo en un plazo de unos 15 a 30 días. La solicitud del certificado es gratuita.
Tienes que llevar una serie de documentos necesarios para la apertura del expediente matrimonial.
1. Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de ambos contrayentes.
2. Certificado literal del nacimiento: expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento.
- Se puede tramitar vía Internet en la página del Ministerio de Justicia
- Caduca a los 3 meses (contados desde el día que te lo expiden)
3. Certificado de Empadronamiento o Residencia: se obtiene en el Ayuntamiento o Junta de Distrito correspondiente al lugar donde se reside.
- Debe acreditar la residencia de los últimos dos años.
- Si no se tiene esta antigüedad, en el Municipio de residencia actual, se debe acreditar un Certificado de Empadronamiento Histórico.
- Caduca a los 3 meses (contados desde el día que te lo expiden).
4. Declaración jurada del estado civil (soltería) de los contrayentes.
- El formulario que se ha de cumplimentar lo encuentras en el propio Registro Civil
- Se ha de rellenar una por cada contrayente (puedes solicitarlo previamente o el mismo día)
Documentos que te pueden pedir para casarte por lo civil
En otros casos hay que presentar:
- Divorcios: certificado del matrimonio anterior, con anotación marginal del divorcio; si uno o ambos solicitantes son divorciados
- Viudedad: Certificado del matrimonio anterior que expide el Registro Civil y certificado literal de defunción del cónyuge anterior; si uno o ambos solicitantes son viudos
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